Las consecuencias de tener proveedores de “servicios especializados” irregulares

REFORMA LABORAL CONTRATO COLECTIVO 2022
9 febrero, 2022

Las consecuencias de tener proveedores de “servicios especializados” irregulares

PROVEEDORES DE SERVICIOS ESPECIALIZADOS

Las consecuencias de tener proveedores de “servicios especializados” irregulares

PROVEEDORES DE SERVICIOS ESPECIALIZADOS

Con la reforma laboral al Outsourcing en la que se elimina esta figura y sea crea la de los proveedores de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas.

El incumplimiento del artículo 13 de la Ley Federal del trabajo tiene consecuencias laborares y fiscales para las empresas.

Artículo 13.- Se permite la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de estos, siempre que el contratista esté registrado en el padrón público a que se refiere el artículo 15 de esta Ley.
Los servicios u obras complementarias o compartidas prestadas entre empresas de un mismo grupo empresarial, también serán considerados como especializados siempre y cuando no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la empresa que los reciba. Se entenderá por grupo empresarial lo establecido en el artículo 2, fracción X de la Ley del Mercado de Valores.

Si el proveedor de servicios especializados incumple con las obligaciones de:

  1. Dar de alta a los trabajadores, con el salario correcto y pagar el IMSS, SAT, INFONAVIT, etc.

  2. Retener los Impuestos de los trabajadores y enterarlos al SAT.

  3. Pagar en tiempo y forma la nomina de los trabajadores.

  4. Entregarnos los comprobantes de los pagos ante el IMSS, SAT, INFONAVIT.

  5. Contrato de prestaciones de servicio precisando el monto del salario diario de los trabajadores. Debe concordar con el pago al IMSS, SAT, INFONAVIT.

Consecuencias para la empresa contratante:

Laboral.

  1. Se convierte en solidario responsable de la relación de trabajo; obligación del pago de salarios, seguridad social, liquidaciones, etc.

  2. El proveedor de servicios especializados será catalogado como Outsourcing; sanciones administrativas (multas) para el contratante.

Fiscales

  1. Artículo 15-D. No tendrán efectos fiscales de deducción o acreditamiento, los pagos o contraprestaciones realizados por concepto de subcontratación de personal para desempeñar actividades relacionadas tanto con el objeto social como con la actividad económica preponderante del contratante. Código Fiscal de la Federación

  2. Artículo 26.-Son responsables solidarios con los contribuyentes:

    1. a

  3.  Las personas morales o personas físicas, que reciban servicios o contraten obras a que se refiere el artículo 15-D del presente Código, por las contribuciones que se hubieran causado a cargo de los trabajadores con los que se preste el servicio.

 

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