COMUNICADO 1 – COVID 19

PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO DE UTILIDADES
29 enero, 2020
RSF ABOGADOS
Medidas Preventivas ante el Covid 19 en las empresas
27 marzo, 2020

COMUNICADO 1 – COVID 19

RSF ABOGADOS

Suspende Labores Gobierno Federal

RSF ABOGADOS

COMUNICADO 1 – COVID 19

Santiago de Querétaro, Qro. a 20 de marzo de 2020.

Mediante el presente “Comunicado 1 – Covid 19” les informamos a clientes, amigos y publico en general lo siguiente:

  1. Que mediante comunicado de fecha 18 de marzo de 2020 la JUNTA DE CONCILIAICON Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE QUERETARO, suspende toda función jurisdiccional, términos, procesales y actuaciones jurisdiccionales a partir del día 19 de marzo de 2002 al 17 de abril de 2020

  2. La JUNTA FEDERAL DE CONCILIAICON Y ARBITRAJE mediante comunicado oficial informo sobre la suspensión de labores y funciones jurisdiccional, términos, procesales y actuaciones jurisdiccionales a partir del día 23 de marzo de 2020

  3. Derivado de la sesión extraordinaria del pleno de la JUNTA DE CONCILIAICON Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE GUANJUATO de fecha 20 de marzo de 2020 se ordena la suspensión de labores y funciones jurisdiccional, términos, procesales y actuaciones jurisdiccionales a partir del día 23 de marzo de 2020 al 17 de abril de 2020

  4. El PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO informa de la suspensión en sus áreas jurisdiccionales y Administrativas a partir del sábado 21 de marzo de 2020 al 13 de abril de 2020.

RECOMENDACIONES

Se recomienda a clientes, amigos y publico en general lo siguiente:

Home Office

Si se opta por el trabajo desde casa se recomienda hacer un adenda al contrato individual de trabajo o un convenio de modificación temporal de las condiciones de trabajo.

De no hacerlo los trabajadores podrán rescindir la relación de trabajo imputable al patrón.

 

Cierre parcial o total de la fuente de trabajo

Realizar un convenio de suspensión de la relación de trabajo Colectivas/individuales con el sindicato o trabajadores (Ver detalles)

Decreto por el cual se estable/reconoce una pandemia o estado de emergencia sanitaria.

En el caso hipotético de que se decrete esta situación será fundamental el estudio del decreto que se emita.

En caso que se determine la suspensión general de actividades en las fuentes de trabajo en México, se deberá observar lo siguiente:

Los trabajadores deberá percibir por lo menos un salario mínimo hasta por un periodo máximo de 30 días.

 

GUÍA DE ACCION PARA LOS CENTROS DE TRABJO ANTE EL COVID- 19 

Con fecha 20 de marzo de 2020 la STPS y la SECRETARÍA DE SALUD federal emitió una GUÍA DE ACCION PARA LOS CENTROS DE TRABJO ANTE EL COVID- 19 el cual se anexa al presente.

Por lo que respecta a nuestra empresa se informa que toda actividad en oficina queda suspendida desde el día 18 de marzo de 2020.

Seguiremos brindado con normalidad nuestros servicios de asesoría por medios electrónicos; correo electrónico, chat virtual en nuestro sitio web oficial www.rsf-abogados.com, así como en nuestras redes social Facebook y Linkedin.

RsF Abogados

 

 

Para más información escribanos a contacto@rsf-abogados.com

En RsF Abogados somos especialistas en Derecho Laboral enfocado tu empresas.

Ponte en contacto con nosotros

 

Publicación patrocinado por:

WWW.BUSCARTRABAJO.COM.MX

 

Conoce todos nuestras soluciones legales en: 

www.rsf-abogados.com/abogados-corporativos-en-queretaro/

 

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *