Una vez presentada la declaración anual de impuestos se deberá hacer entrega al sindicato de una copia de la carátula de la misma a más tardar dentro de los 10 días siguientes a la fecha de presentación de dicha declaración.
El reparto debe hacerse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que deba pagarse el Impuesto anual, de tal manera que el plazo máximo para pagar el PTU es el 30 de mayo.
1. Formarse la Comisión Mixta.
2. Publicarse en la empresa el listado de los trabajadores con derecho al reparto de utilidades, con las cantidades que a cada
uno corresponden (los trabajadores disponen de 15 días a partir de la publicación para hacer objeciones).
3. Aprobarse por la Comisión los listados definitivos del reparto. Se recomienda que una vez concluido el proceso de determinación de las cantidades a entregar a los trabajadores por concepto de PTU, las actas se depositen junto con los listados ante la Junta de Conciliación y Arbitraje competente, incluyéndose la copia del oficio de entrega de la declaración anual a los trabajadores. Es importante recalcar que ESTO NO ES OBLIGATORIO, sin embargo, nos ayuda a prepararnos para una posible Inspección de Trabajo.
Les recordamos que las campañas de verificación del pago de PTU por parte de la Inspección del Trabajo, son de forma anual.